VeriFactu (o VERI*FACTU)



Verifactu es el nombre que se le da a los softwares que cumplen con la Ley Antifraude y el proyecto de Real Decreto publicado en febrero de 2022.

La Orden Ministerial se publicó oficialmente en el BOE el 28 de octubre de 2024.

Es el nuevo sistema de emisión de facturas verificables impulsado por la Agencia Tributaria (AEAT). Su objetivo es:

  • Garantizar la integridad, trazabilidad y autenticidad de las facturas.

  • Asegurar que cada factura generada se registra automáticamente y, opcionalmente, se envía a la AEAT.

  • Añadir un código QR y la leyenda “VERIFACTU” en las facturas para facilitar su verificación


Puedes consultar más información en los siguientes enlaces oficiales:


Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT)

Como sabes, Gespet es un ERP+CRM (Enterprise Resource Planning o Planificación de Recursos Empresariales) + CRM ( Customer Relationship Management o gestión de relaciones con clientes) que ayuda a los profesionales a gestionar y automatizar sus procesos internos y gestionar las relaciones con sus clientes, desde una única plataforma centralizada. No es un software específico de facturación ni de contabilidad.

Hemos desarrollado Gespet E-invoicing, para ofrecerte integraciones que te permitan emitir y presentar tus facturas electrónicas de forma sencilla y conforme a la normativa de los diferentes países, a través de proveedores líderes del mercado y homologados en dichos países.

El proveedor a través del cual se ofrece la integración con VeriFactu y TicketBAI es: fiskaly Iberia S.L con NIF: B44752210

Esta integración te permite aprovechar lo mejor de ambos mundos: la gestión eficiente de tu negocio desde nuestro ERP+CRM y el cumplimiento legal a través de una solución especializada en facturación electrónica.

El cumplimiento de los requisitos Verifactu será obligatorio para empresas y autónomos en parte del territorio español, excepto para todas las empresas con domicilio fiscal en el País Vasco, donde se aplica la normativa TicketBAI.

Verifactu no reemplazará al sistema SII (Suministro Inmediato de Información), pero afectará a aquellos contribuyentes que aún no requerían cumplir con el mismo (empresas y autónomos con una facturación anual inferior a los 6 millones de euros).

La Ley Antifraude establece la obligatoriedad para los contribuyentes de implementar un sistema Verifactu, que impida la modificación y destrucción de registros en el proceso de facturación, firmarlos electrónicamente y remitir todos los registros a la AEAT.



Aplica a:

Sistema Territorio Entrada en vigor Afecta a
Verifactu España (excepto País Vasco/Navarra) 01 de Enero de 2026 (sociedades)

01 de Julio de 2026 (Autónomos/personas físicas)
Todas las empresas (B2B) y autónomos
TicketBAI Álava 01 de Diciembre de 2022 Empresas y autónomos en Álava
Gipuzkoa Mediados de 2023 Empresas y autónomos en Gipuzkoa
Bizkaia 01 de Enero de 2024 Empresas y autónomos en Bizkaia


Esta información puede no estar completamente actualizada o puede haber cambiado según la normativa vigente. Si no sabes si te afecta o tienes dudas, te recomendamos consultar con tu asesor fiscal o directamente con el organismo tributario correspondiente.


Solución pública para generar y archivar facturas electrónicas


La Agencia Tributaria o el organismo competente, ofrecerán una plataforma pública que, a modo de infraestructura, permitirá facilitar la emisión y recepción de facturas de aquellos empresarios o profesionales que así lo elijan.

Con esta solución, los interesados tendrán a su disposición una aplicación o formulario gratuito para generar facturas electrónicas, a la vez que servirá de “repositorio universal y obligatorio de todas las facturas electrónicas, proveyendo, así mismo, servicios generales de seguimiento del cobro y opciones de descarga para los emisores y destinatarios de las facturas y sus autorizados”.


Software privado de facturación electrónica


Facturar a través de esta plataforma no será obligatorio. La Ley de Creación y Crecimiento de Empresas recoge que la facturación electrónica podrá realizarse mediante plataformas privadas que cumplan con los requisitos legales regulados en el Real Decreto 1007/2023 y que estandariza los formatos de los registros de facturación.

Aunque se utilice un software privado, las facturas electrónicas serán enviadas a un repositorio público, como parte del sistema español de facturación electrónica.

El servicio de facturación electrónica podrá cobrarse por separado, incluso si está integrado en el software principal. La Ley Crea y Crece establece la obligatoriedad de la facturación electrónica, pero no especifica que el servicio deba estar incluido en el precio base del mismo.

Como sabes, en Gespet seguimos una política de precios asequibles y justos, diseñada para que cualquier negocio del sector de las mascotas —sin importar su tamaño o volumen de facturación— pueda acceder a un software profesional, completo y de alta calidad.

Creemos firmemente que la tecnología no debe ser un lujo, sino una herramienta accesible para todos. Por eso, ajustamos nuestros precios para ofrecer lo mejor sin que ello suponga una carga económica, manteniéndonos fieles a nuestro compromiso con la sostenibilidad, la innovación y la inclusión.

Por ese motivo, no hemos incrementado el coste base de nuestras soluciones de gestión para cubrir los elevados costes que implica la implementación de la facturación electrónica.

En lugar de eso, ofrecemos total flexibilidad a nuestros usuarios:

  • Seguir utilizando el ERP+CRM Gespet sin la funcionalidad de emisión de facturas y optar por generar y enviar sus facturas electrónicas de forma gratuita a través de la herramienta oficial de la Agencia Tributaria u Organismo correspondiente. De este modo, pueden reducir gastos y adaptar su operativa según sus necesidades.

  • O si lo prefieren, pueden contratar y utilizar Gespet E-invoicing para integrarlo en su ERP+CRM Gespet, generando y enviando las facturas directamente.



Para poder emitir facturas electrónicas de forma correcta y cumplir con la normativa vigente, es imprescindible que completes toda la información requerida con la máxima atención y exactitud.

La primera vez que configures la facturación electrónica, necesitamos que nos facilites ciertos datos obligatorios.

Estos requisitos no han sido establecidos por nosotros, sino por el organismo oficial competente en materia de fiscalidad de cada país.

Vamos a ir haciendo la configuración por pasos para que el proceso sea lo más sencillo posible y puedas completarlos de forma clara y ordenada.

Es fundamental que verifiques que toda la información introducida coincide exactamente con la que figura en tu documentación fiscal oficial.

Esta información NO SE PUEDE MODIFICAR. Si los datos no son EXACTAMENTE los mismos, no será posible emitir la factura electrónica.

En caso de duda, debes abandonar la configuración y consultarlo en tu información fiscal o contactar con un asesor antes de continuar.



DATOS FISCALES

Introduce los datos fiscales escritos exactamente igual que aparecen en registrados en la Hacienda o el organismo correspondiente. Revisa la información censal o consulta con tu asesor.

Los datos donde se encuentra tu negocio pueden ser diferentes. RECUERDA: Debes introducir los datos fiscales que se solicitan en la pantalla de configuración.

Si la configuración se ha realizado correctamente, verás una configuración de que las claves necesarias para tu identificación al emitir/enviar facturas electrónicas, se ha generado correctamente.



ACUERDO DE COLABORACIÓN SOCIAL

Como parte del proceso de integración, es necesario descargar y firmar el Acuerdo de Colaboración Social.

Esto es obligatorio para cumplir con la Resolución del 18 de diciembre de 2024.

Debes firmar el acuerdo con tu Certificado Electrónico Español.


  • Empresas o sociedades: Certificado del representante legal

  • Autónomos/personas físicas: Certificado del propio individuo.


Si dispones del módulo de facturación electrónica, en Gespet, aparcerá una nueva opción para ver todas las facturas electrónicas emitidas.

Tipo. Una factura electrónica pueden ser:

  • Ordinaria

  • Simplificada (sin datos de cliente)

  • Rectificativa (Corrige otra factura)


Estado. Al emitir la factura, Gespet la envía al proveedor de facturación electrónica correspondiente y este envía a los servicios tributarios (la Hacienda u organismo correspondiente).

Gespet siempre hará el envío inmediatamente al proveedor de facturación electrónica, sin esperas. A partir de ahi, irá pasando por una serie de pasos o validaciones.

Te explicamos en detalle, cuales son los diferentes estados:

. Gespet ha enviado la factura al proveedor y se encuentra "en cola", es decir, esperando para ser enviada a los servicios tributarios. En cuanto sea posible, será enviada.


. Gespet ha enviado la factura al proveedor y este la ha enviado a los servicios tributarios, pero aún se encuentra pendiente de que estos la validen.
Puede ser debido a que el sistema electrónico del servicio tributario no esté operativo o esté sobrecargado y la factura se encuentre "en cola" o esperando.


. Gespet ha enviado la factura al proveedor y este la ha enviado a los servicios tributarios que la han registrado y han detectado errores.


. Gespet ha enviado la factura al proveedor y este la ha enviado a los servicios tributarios que la han registrado y han determinado que es inválida y no es posible procesar la factura.


. Gespet ha enviado la factura al proveedor y este la ha enviado a los servicios tributarios que la han registrado y la han rechazado porque contiene algún error.

. Gespet ha enviado la factura al proveedor y este la ha enviado a los servicios tributarios que la han registrado correctamente


proceso factura electronica en gespet.png
Estado Gespet Proveedor facturación electrónica Servicios tributarios Resultado
Esperando registro Enviada Aún no enviada - -
Pendiente de validación Enviada Enviada Aún no validada -
Incorrecta Enviada Enviada Validada Incorrecto
Invalida Enviada Enviada Validada Incorrecto
Rechazada Enviada Enviada Validada Incorrecto
Correcta Enviada Enviada Validada Correcto

Entendemos que todo este proceso pueda resultarte complejo para el envío de tus facturas, pero estos son los estados que han definido los servicios tributarios, son ajenos tanto a Gespet como al proveedor de facturación electrónica.
Como sabes, siempre intentamos simplificarte al máximo todos los procesos, y para ello hemos utilizando un lenguaje más "facilmente comprensible" para los diferentes estados, pero debido a que son requerimientos oficiales del sistema de facturación electrónica, no podemos eliminar estos estados o pasos.

El estado irá cambiando según se hagan estas validaciones. El cambio entre estados suele tardar en torno a 5-10 minutos, pudiendo llegar a tardar un máximo de 48 horas en el cambio al estado final.






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