Verifactu es el nombre que se le da a los softwares que cumplen con la Ley Antifraude y el proyecto de Real Decreto publicado en febrero de 2022.
La Orden Ministerial se publicó oficialmente en el BOE el 28 de octubre de 2024.
Es el nuevo sistema de emisión de facturas verificables impulsado por la Agencia Tributaria (AEAT). Su objetivo es:
Garantizar la integridad, trazabilidad y autenticidad de las facturas.
Asegurar que cada factura generada se registra automáticamente y, opcionalmente, se envía a la AEAT.
Añadir un código QR y la leyenda “VERIFACTU” en las facturas para facilitar su verificación
Puedes consultar más información en los siguientes enlaces oficiales:
Como sabes, Gespet es un ERP+CRM (Enterprise Resource Planning o Planificación de Recursos Empresariales) + CRM ( Customer Relationship Management o gestión de relaciones con clientes) que ayuda a los profesionales a gestionar y automatizar sus procesos internos y gestionar las relaciones con sus clientes, desde una única plataforma centralizada. No es un software específico de facturación ni de contabilidad.
Hemos desarrollado Gespet E-invoicing, para ofrecerte integraciones que te permitan emitir y presentar tus facturas electrónicas de forma sencilla y conforme a la normativa de los diferentes países, a través de proveedores líderes del mercado y homologados en dichos países.
El proveedor a través del cual se ofrece la integración con VeriFactu y TicketBAI es: fiskaly Iberia S.L con NIF: B44752210
Esta integración te permite aprovechar lo mejor de ambos mundos: la gestión eficiente de tu negocio desde nuestro ERP+CRM y el cumplimiento legal a través de una solución especializada en facturación electrónica.
El cumplimiento de los requisitos Verifactu será obligatorio para empresas y autónomos en parte del territorio español, excepto para todas las empresas con domicilio fiscal en el País Vasco | Euskadi, donde se aplica la normativa TicketBAI.
Verifactu no reemplazará al sistema SII (Suministro Inmediato de Información), pero afectará a aquellos contribuyentes que aún no requerían cumplir con el mismo (empresas y autónomos con una facturación anual inferior a los 6 millones de euros).
La Ley Antifraude establece la obligatoriedad para los contribuyentes de implementar un sistema Verifactu, que impida la modificación y destrucción de registros en el proceso de facturación, firmarlos electrónicamente y remitir todos los registros a la AEAT.
Sistema | Territorio | Entrada en vigor | Afecta a |
Verifactu | España, excepto País Vasco | Euskadi y Navarra | 01 de Enero de 2026 (sociedades) 01 de Julio de 2026 (Autónomos/personas físicas) | Todas las empresas (B2B) y autónomos |
TicketBAI | Álava | Álava | 01 de Diciembre de 2022 | Empresas y autónomos en Álava | Álava |
Guipúzcoa | Gipuzkoa | Mediados de 2023 | Empresas y autónomos en Guipúzcoa | Gipuzkoa | |
Vizcaya | Bizkaia | 01 de Enero de 2024 | Empresas y autónomos en Vizcaya | Bizkaia |
Esta información puede no estar completamente actualizada o puede haber cambiado según la normativa vigente. Si no sabes si te afecta o tienes dudas, te recomendamos consultar con tu asesor fiscal o directamente con el organismo tributario correspondiente.
Tienes dos opciones:
Utilizar la solución pública para generar y archivar facturas electrónicas
Utilizar un software o sistema privado de facturación electrónica como Gespet E-invoicing
La Agencia Tributaria o el organismo competente, ofrecerán una plataforma pública que, a modo de infraestructura, permitirá facilitar la emisión y recepción de facturas de aquellos empresarios o profesionales que así lo elijan.
Con esta solución, los interesados tendrán a su disposición una aplicación o formulario gratuito para generar facturas electrónicas, a la vez que servirá de “repositorio universal y obligatorio de todas las facturas electrónicas, proveyendo, así mismo, servicios generales de seguimiento del cobro y opciones de descarga para los emisores y destinatarios de las facturas y sus autorizados”.
Facturar a través de esta plataforma no será obligatorio. La Ley de Creación y Crecimiento de Empresas recoge que la facturación electrónica podrá realizarse mediante plataformas privadas que cumplan con lo requisitos legales regulados en el Real Decreto 1007/2023 y que estandariza los formatos de los registros de facturación.
Aunque se utilice un software privado, las facturas electrónicas serán enviadas a un repositorio público, como parte del sistema español de facturación electrónica.
El servicio de facturación electrónica podrá cobrarse por separado, incluso si está integrado en el software principal. La Ley Crea y Crece establece la obligatoriedad de la facturación electrónica, pero no especifica que el servicio deba estar incluido en el precio base del mismo.
Como sabes, en Gespet seguimos una política de precios asequibles y justos, diseñada para que cualquier negocio del sector de las mascotas —sin importar su tamaño o volumen de facturación— pueda acceder a un software profesional, completo y de alta calidad.
Creemos firmemente que la tecnología no debe ser un lujo, sino una herramienta accesible para todos. Por eso, ajustamos nuestros precios para ofrecer lo mejor sin que ello suponga una carga económica, manteniéndonos fieles a nuestro compromiso con la sostenibilidad, la innovación y la inclusión.
Por ese motivo, no hemos incrementado el coste base de nuestras soluciones de gestión para cubrir los elevados costes que implica la implementación de la facturación electrónica.
En lugar de eso, ofrecemos total flexibilidad:
Seguir utilizando el ERP+CRM Gespet y generar y enviar sus facturas electrónicas de forma gratuita a través de la herramienta oficial de la Agencia Tributaria u Organismo correspondiente. De este modo, pueden reducir gastos y adaptar su operativa según sus necesidades.
Podrás finalizar el servicio correspondiente y se genera el documento de resumen (de venta o albarán) pero la ley nos obliga a no permitir generar la factura tradicional (porque ahora todas tienen que ser electrónicas)
O si lo prefieren, pueden contratar y utilizar Gespet E-invoicing para integrarlo en su ERP+CRM Gespet, generando y enviando las facturas directamente.
La normativa, a nosotros como desarrolladores nos exige que apliquemos las restricciones de facturación a partir de las fechas correspondientes.
Por lo que en función de la configuración de tu cuenta, es posible que se apliquen restricciones. Es importante que revises la información que tienes configurada para que sea correcta.
Como sabes, en la opción Configuración > Básica >
Idioma/moneda
, se configura
el país de tu
cuenta.
Y en la opción Configuración > Básica > Datos de
empresa
se configura la
información
comercial y fiscal.
Si el país configurado en tu cuenta es España. Y la
provincia configurada en los
Datos de empresa > Datos de Facturación >
Provincia
es:
Un territorio donde es obligatorio el cumplimiento de TicketBAI:
Es obligatorio emitir facturas electrónicas utilizando TicketBAI. No es posible emitir facturas no electrónicas (simplificadas o completas).
Si no tienes Gespet E-invoicing , podrás finalizar el servicio correspondiente y se genera el documento de resumen (de venta o albarán) pero la ley nos obliga a no permitir generar la factura tradicional (porque ahora todas tienen que ser electrónicas)
Si tienes Gespet E-invocing, podrás también cobrar y facturar. Se generará y enviará la factura electrónica.
Un territorio donde es obligatorio el cumplimiento de Vertifactu:
A partir de la fecha de entrada en vigor, será obligatorio emitir facturas electrónicas utilizando VeriFactu. No es posible emitir facturas no electrónicas (simplificadas o completas).
Si no tienes Gespet E-invoicing , podrás finalizar el servicio correspondiente y se genera el documento de resumen (de venta o albarán) pero la ley nos obliga a no permitir generar la factura tradicional (porque ahora todas tienen que ser electrónicas)
Si tienes Gespet E-invocing, podrás también cobrar y facturar. Se generará y enviará la factura electrónica.
Se hace una comprobación de la información configurada
en Datos de empresa
> Datos de
facturación >
Si es tipo Empresa/sociedad, será obligatorio a partir del 01 de enero de 2026
Si es tipo autónomo/persona física, será obligatorio a partir del 01 de julio de 2026
Por favor, revisa las opciones de:
Configuración > Básica > Idioma/moneda > País.
Configuración > Básica > Datos de empresa > Información para facturas > Empresa o autónomo.
Configuración > Básica > Datos de empresa > Información para facturas > Provincia.
En función de esta información, aplicaremos las
restricciones de facturación
electrónica obligatoria para tu cuenta y te aparecerá
la opción Configuración >
Básica > Facturación electrónica
para
contratar y configurar Gespet E-invoicing VertiFactu o
TicetkBAI
según corresponda.
Si tu país es otro, no aparecerán estas
restricciones ni las opciones de
contratación.
Si necesitas contratarlo, por favor verifica
que el país configurado en tu cuenta
es España. De lo contrario no aparecerá esta opción
en el menú.
Para contratarlo, es muy sencillo:
Accede a tu cuenta Gespet utilizando tu usuario y contraseña
En el menú Configuración > Básica > Facturación
electrónica
aparecerá la opción de Contratar
TicketBAI o VeriFactu según corresponda
Si haces clic en el botón de contratar, tan solo tendrás que rellenar los datos de pago y finalizar.
La activación no es inmediata, requiere de una serie de validaciones y registros previos. Puede estar activa unos minutos después de la contratación, pero si el sistema de altas tiene una mayor carga de solicitudes, puede demorarse unas horas. En cuanto esté activo, podrás hacer la configuración y comenzar a emitir facturas electrónicas.
Para poder emitir facturas electrónicas de forma correcta y cumplir con la normativa vigente, es imprescindible que completes toda la información requerida con la máxima atención y exactitud.
La primera vez que configures la facturación electrónica,
necesitamos que
nos facilites ciertos datos obligatorios en la opción
Configuración >
Básica > Facturación electrónica
Estos requisitos no han sido establecidos por nosotros, sino por el organismo oficial competente en materia de fiscalidad de cada país.
Vamos a ir haciendo la configuración por pasos para que el proceso sea lo más sencillo posible y puedas completarlos de forma clara y ordenada.
Es fundamental que verifiques que toda la información introducida coincide exactamente con la que figura en tu documentación fiscal oficial.
Esta información NO SE PUEDE MODIFICAR. Si los datos no son EXACTAMENTE los mismos, no será posible emitir la factura electrónica.
En caso de duda, debes abandonar la configuración y consultarlo en tu información fiscal o contactar con un asesor antes de continuar.
Introduce los datos fiscales escritos exactamente igual que aparecen en registrados en la Hacienda o el organismo correspondiente. Revisa la información censal o consulta con tu asesor.
Los datos donde se encuentra tu negocio pueden ser diferentes. RECUERDA: Debes introducir los datos fiscales que se solicitan en la pantalla de configuración.
Si la configuración se ha realizado correctamente, verás una configuración de que las claves necesarias para tu identificación al emitir/enviar facturas electrónicas, se ha generado correctamente.
Como parte del proceso de integración, para cumplir con la Resolución del 18 de diciembre de 2024 es necesario que sigas estos pasos:
Generar el acuerdo de colaboración social
Descargarlo
Firmarlo usando tu certificado electrónico Español:
Empresas o sociedades: Certificado del representante legal
Autónomos/personas físicas: Certificado del propio individuo.
Subirlo. Haciendo clic en Examinar.
En caso de disponer de varios módulos (Hotel, Tienda, Veterinario, Guardería, Peluquería, ...), puedes utilizar el servicio de facturación electrónica para todas las facturas generadas en cualquiera de las áreas de negocio, sin necesidad de contratar un servicio independiente para cada módulo.
Al seleccionar la opción Cobrar y Facturar, exactamente igual que hasta ahora, puedes seleccionar el método de pago, la cantidad pagada por el cliente para ver “en la calculadora” cuanto tienes que devolverle.
Opcionalmente, como ya sabes, puedes imprimir documentos o contratos de venta.
Al finalizar se genera la factura que ahora además se enviará al proveedor que la procesará y la enviará a la Hacienda u organismo correspondiente.
Nosotros siempre haremos el envío inmediatamente al proveedor de facturación electrónica, sin esperas. A partir de ahi, irá pasando por una serie de pasos o validaciones que son imprescindibles porque así lo han definido los servicios tributarios.
El estado de la factura irá cambiando según se hagan estas validaciones. Siempre podrás consultar en que estado se encuentra una factura.
Verás que en la factura ahora aparece un código QR Tributario.
Como sabes, la ley no permite modificar una factura. Es necesario generar un abono o factura rectificativa. Podrás generarla y enviarla también. Seguirá el mismo proceso que las facturas ordinarias.
Como ya sabes, aplicamos una política de precios asequibles y justos -affordable and fair pricing-, permitiendo contratar solo las soluciones que necesitas. En el caso de Gespet E-invoicing, te permitimos hacer la contratación y el pago según su volumen de facturación, medido en número de facturas emitidas por mes.
Puedes elegir el paquete que mas se adapte a tus necesidades: 100, 500 o 1.000 facturas mensuales
Cada factura generada contará como una unidad consumida y el número de facturas incluidas en tu plan se renueva el día 1 de cada mes natural.
El precio de contratación es de:
100 facturas mensuales :$395.40 al año
500 facturas mensuales :$599.40 al año
1.000 facturas mensuales : $875.40 al año
En un único pago. La duración es de un año (365 días) y permite generar y enviar 100, 500 y 1.000 facturas respectivamente cada mes.
En la opción Ver > Ventas
puedes ver todas las facturas que has
emitido. Aparecerá un indicador junto a las facturas
electrónicas para que puedas identificarlas rápidamente.
Al hacer clic verás el mismo detalle y además los estados y un link para ver el detalle de la factura electrónica.
Puedes imprimirla, enviarla por email y además exportarla.
Si dispones del módulo de facturación electrónica, en Gespet, aparcerá una nueva opción para ver todas las facturas electrónicas emitidas.
Una factura electrónica pueden ser de tipo:
Ordinaria
Simplificada
Rectificativa (Corrige otra factura)
Estado | Gespet | Proveedor facturación electrónica | Servicios tributarios | Resultado |
---|---|---|---|---|
Esperando registro | Enviada | Aún no enviada | - | - |
Pendiente de validación | Enviada | Enviada | Aún no validada | - |
Incorrecta | Enviada | Enviada | Validada | Incorrecto |
Invalida | Enviada | Enviada | Validada | Incorrecto |
Rechazada | Enviada | Enviada | Validada | Incorrecto |
Correcta | Enviada | Enviada | Validada | Correcto |
Al emitir la factura, Gespet la envía al proveedor de facturación electrónica correspondiente y este envía a los servicios tributarios (la Hacienda u organismo correspondiente).
Gespet siempre hará el envío inmediatamente al proveedor de facturación electrónica, sin esperas. A partir de ahi, irá pasando por una serie de pasos o validaciones.
Te explicamos en detalle, cuales son los diferentes estados:
. Gespet ha enviado la factura al proveedor y se encuentra "en cola", es decir, esperando para ser enviada a los servicios tributarios. En cuanto sea posible, será enviada.
.
Gespet ha enviado la factura al proveedor y este la ha enviado a los
servicios tributarios, pero aún se encuentra pendiente de que estos la
validen.
Puede ser debido a que el sistema electrónico del servicio tributario no
esté operativo o esté sobrecargado y la factura se encuentre "en cola" o
esperando.
. Gespet ha enviado la factura al proveedor y este la ha enviado a los servicios tributarios que la han registrado y han detectado errores.
. Gespet ha enviado la factura al proveedor y este la ha enviado a los servicios tributarios que la han registrado y han determinado que es inválida y no es posible procesar la factura.
. Gespet ha enviado la factura al proveedor y este la ha enviado a los servicios tributarios que la han registrado y la han rechazado porque contiene algún error.
. Gespet ha enviado la factura al proveedor y este la ha enviado a los servicios tributarios que la han registrado correctamente
Entendemos que todo este proceso pueda resultarte complejo para el envío de
tus facturas, pero estos son los estados que han definido los servicios
tributarios, son ajenos tanto a Gespet como al proveedor de facturación
electrónica.
Como sabes, siempre intentamos simplificarte al máximo
todos los procesos, y para ello hemos utilizando un lenguaje más
"facilmente comprensible" para los diferentes estados, pero
debido a que son requerimientos oficiales del sistema de facturación
electrónica, no podemos eliminar estos estados o pasos.
El estado irá cambiando según se hagan estas validaciones. El cambio entre estados suele tardar en torno a 5-10 minutos, pudiendo llegar a tardar un máximo de 48 horas en el cambio al estado final.